CRIMINOLOGÍA MODERNA
SIGLO XX
Hasta
aquí hemos venido estudiando los postulados de las diferentes escuelas que a lo
largo de la historia han ido definiendo el campo de estudio y de acción de las
Ciencias Criminológicas modernas. Hemos podido observar que en un inicio el
interés estaba centrado en la persona que delinquía y la pregunta central era ¿por
qué lo hacía?; posteriormente el interés también abordó el tratar de entender
el crimen en sí mismo y se fue pasando de verlo como un problema individual a
concebirlo como un fenómeno social; así mismo, se abandonó la idea original de
que las personas nacían malas y que estaban determinadas a delinquir por su
propia naturaleza, y en su lugar, se concibe la incidencia directa que tienen
en la conducta criminal los factores endógenos y exógenos. Es mi criterio, que
los postulados que hemos ido revisando como parte de este trabajo a lo largo de
dos semanas de estudio, no se han dilucidado del todo y que persisten en nuestros
días, e incluso, reaparecen con mucha más fuerza de lo que algunos quisiéramos y
se siente su influencia en los medios de comunicación y en el manejo de la
política criminal del país; ejemplo de ello los postulados del Derecho Penal
del Enemigo que concibe a quien delinque como un enemigo de la sociedad que se
debe exterminar y a quien no se le debe reconocer ningún derecho.
En el Siglo XX
la Criminología continúa entonces estudiando al criminal pero entendido ahora
de una manera más integral, es decir, se analizan sus áreas bio-psico-sociales
y la interrelación entre ellas; se pone
especial énfasis en el entorno de vida de las personas, en su educación, en su
relación con los demás, en las estructuras sociales que le rodean y le
determinan; se incluye en los análisis a la víctima y se le dota de un papel preponderante;
además se empieza a hablar ya de manera formal de control social y de la
búsqueda constante de las más eficaces formas de prevención y de intervención. Es
por todo esto que se reconoce que la Criminología del Siglo XX ha visto ampliado
su objeto de estudio (Rodríguez, 2018).
Lacayo indica en el material de estudio que se nos
proporcionó que ya para el Siglo XX se tiene total claridad de que el delito
debe ser entendido de manera formal, es decir, que su definición es aquella que
aporta el derecho penal por lo que es una entidad objetiva. No solo coincido
con esta definición sino que además me parece muy palpable ya que en nuestros
días se tiene por sentado que la Criminología abarca en su estudio conductas
humanas antisociales superando con esto, las meramente consideradas delitos.
MODELOS
PSICOLOGICISTAS
Dentro de los modelos
psicologicistas se identifican el psicoanálisis, psiquiatría y la psicología
criminal; todos ellos “explican el comportamiento delictivo en función de
determinados procesos psíquicos normales o patológicos” (García-Pablos de Molina, 2013, p. 385).
Indica Rodríguez Manzanera (2018) que los psicólogos buscan encontrar los
móviles ocultos en la mente de quien delinque; así las cosas, según expone García-Pablos
de Molina:
·
La psiquiatría se ocupa del hombre
psíquicamente enfermo desde una perspectiva clínica y por ende entiende “la
conducta delictiva como expresión de un trastorno de la personalidad,
patológico” (p.385)
·
La psicología se
dedica al estudio del comportamiento humano, de la conducta, de ahí que ve el crimen como comportamiento criminal por lo que
analiza los procesos de adquisición de modelos de conducta y los factores que
lo refuerzan.
·
El psicoanálisis
entiende el delito como la expresión de conflictos psíquicos profundos que se
encuentran ocultos en el inconsciente o subconsciente de la persona.
Uno de los psiquiatras más prominentes y conocidos en
el área del Psicoanálisis en SIGMUND
FREUD (1856 – 1939), psiquiatra y neurólogo austriaco, que afirmó por medio
de sus estudios que el crimen tienen una explicación desde el inconsciente y
subconsciente de quien lo comete, por lo que también se pueden identificar motivaciones
profundas para la conducta criminal.
Fuente: Wikipedia,
s.f
Nos expone Rodríguez Manzanera que uno de los
principales aportes de Freud a la Criminología es el estudio de los instintos y
determinar científicamente si las personas tienen instintos de matar, de destruir
o de delinquir: “Así surge la primera explicación psicoanalítica del crimen: Se
trata de un predominio del Tanatos sobre el Eros, de la muerte sobre la vida” (Rodríguez Manzanera, 2018 p. 371). Quisiera
acotar, que cuando me desempeñé como defensora tuve la oportunidad de conversar
con personas imputadas en causas penales que me señalaron en las entrevistas
que sentían ese impulso de matar o de apoderarse de bienes ajenos, sin que
existiera algún motivo aparente; en esos casos pienso que sería muy interesante
aplicar la terapia del psicoanálisis porque se trata de personas imputables, es
decir, que no padecen ninguna enfermedad mental o trastorno que les afectara
sus capacidades cognitivas y volitivas. Puede entonces, ser el psicoanálisis
muy oportuno para identificar qué puede pasar en el inconsciente y subconsciente
de esas personas para así poder tener éxito en sus procesos de rehabilitación y
disminuir las tasas de reincidencia.
Para Freud la persona que delinque presenta anomalías
en su personalidad la que está mal estructurada; también puede obedecer el
crimen a desviaciones en la libido o bien a que el sujeto no evolucionó como
debía en las etapas de su desarrollo. En mi criterio la relación que hace Freud
entre las etapas de desarrollo de las personas con la comisión de ciertos
delitos es muy interesante pero no conozco que algún estudio haya podido
demostrarlo de manera certera. En derecho penal por ejemplo, es muy curioso el
tema de las personas que cometen delitos sexuales y se discute mucho respecto de si es posible
rehabilitarlos o “curarlos”; personalmente he escuchado ambas versiones y la
posición que se tome tiene gran incidencia por ejemplo en ejecución de la pena
en la que muchas veces se niegan beneficios carcelarios y penitenciarios a este
tipo de ofensores porque se parte de que son un peligro en sociedad, es por eso
que se les exige condiciones de vida que son muy difíciles de darse, tal es el
caso de que no vivan cerca de personas menores de edad; no tengo datos
objetivos para afirmar que por delitos sexuales casi nunca se sale de prisión
antes de descontar la totalidad de pena impuesta, pero por regla de experiencia
puedo atreverme a pensar que esa cituación efectivamente se da y en no pocas
ocasiones.
Uno de los libros de Freud que
se analiza mucho en Criminología es “El delincuente por sentimiento de
culpabilidad”, en el que concluye que las personas comenten actos
ilícitos no solo por estar prohibidos, sino también porque experimentan un
alivio psíquico al hacerlo porque liberaban con ello el sentimiento de
culpabilidad. Freud afirma en su obra que el sentimiento de culpabilidad existe
antes del delito y que por ende no procede de él (Rodriguez Mazanera, 2006). Respecto de esta
obra se discute por ejemplo, si el hecho de que las personas sean sometidas a
psicoanálisis es una metodología eficiente para evitar que delincan o bien para
que no lo vuelvan a hacer. No tengo referencia alguna en mi práctica
profesional de que se aplique el psicoanálisis como terapia en los centros de
atención penitenciaria del país.
Recientemente leí el libro “Magnetizado” de Carlos Busqued y
considero que es muy ilustrativo de la importancia que tiene la psicología y la
psiquiatría en el análisis de la conducta criminal; en este libro se entrevista
a una persona que en 1982 asesinó a cuatro personas, fue juzgado y encontrado
culpable en unas jurisdicciones e inimputable en otras, dejando ver las
contradicciones a las que se puede llegar en el análisis de una persona pese a
que sean utilizados los mismos instrumentos de valoración; este sujeto ha
cumplido pena de prisión y medidas de seguridad, precisamente producto de esa
valoración criminal poco acertada a la que ha sido sometido; no se sabe aún qué motivó
su conducta delictiva y se encuentra internado en un centro de atención para
personas inimputables pese a que no hay criterio de peligrosidad cierto; este
sujeto se mantiene internado sin medicación y sigue siendo objeto de análisis
psicológico y psiquiátrico pero nada le ha permitido aún recobrar su libertad
dejando en el aire la pregunta de ¿cuál es el fin de la pena en este caso
concreto?. Les dejo el link con la información del libro: https://www.anagrama-ed.es/libro/narrativas-hispanicas/magnetizado/9788433998507/NH_601
MODELOS SOCIOLÓGICOS
Nos expone García-Pablos
de Molina, que la Sociología Criminal no se limita a estudiar la influencia del
medio o del entorno en la génesis de la criminalidad, sino que además parte de
considerarla como un fenómeno social.
El fenómeno criminal ha
sido explicado desde diferentes modelos sociológicos a los que se les ha reconocido
un importante aporte político criminal, porque “…parten de la premisa de que el
crimen es un fenómeno social muy selectivo, estrechamente unido a ciertos
procesos, estructuras y conflictos sociales, y tratan de aislar sus variables” (García-Pablos de Molina, 2013, p. 464). Así las cosas,
se afirma que estos modelos al entender la naturaleza social del fenómeno
criminal y su vinculación directa con factores múltiples que interactúan entre
sí, han permitido arribar a conclusiones de extrema utilidad para entender aspectos
como el cambio social, el aprendizaje de modelos y técnicas criminales, el
comportamiento de las subculturas, la selectividad y el control social.
Dentro de estos modelos se puede
mencionar a EDWIN H. SUTHERLAND
(1883-1950); una de sus obras más reconocidas es Criminología
actualizada por Donald R. Cressey (1919-1987) en donde se destaca que el principal
objetivo de la Criminología es entender el carácter criminal del comportamiento;
para Sutherland el crimen es la confluencia de circunstancias exteriores que
dan la ocasión de cometerlo y de circunstancias propias del sujeto de carácter psicológico
y sociológico (Rodríguez Manzanera, 2018,
p.355).
Fuente: Wikipedia,
s.f
Concluye Sutherland que el
comportamiento criminal es aprendido en el contacto con las demás personas, se
aprenden entonces técnicas de comisión del crimen, móviles, razonamientos,
actitudes, etc. Este autor nos habla del principio de asociación diferencial que hace referencia a que “los que se
hicieron criminales fue porque estuvieron en contacto con modelos criminales, y
que no tenían ante sí modelos anticriminales” (Rodríguez Manzanera, 2018, p. 356). Se dice
entonces que la asociación diferencial varía según la frecuencia, la duración,
la prioridad y la intensidad en el proceso de aprendizaje de la conducta
criminal.
Considero de mucho valor las
aportaciones de Sutherland en la actualidad porque en los ámbitos
penitenciarios las personas privadas de su libertad son obligadas a convivir
con otras que han sido sentenciadas por una multiplicidad importante de delitos
que se asocian con diferentes niveles de violencia y organización delictiva,
así por ejemplo, tenemos sujetos sentenciados por incumplimientos de medidas de
protección conviviendo con personas sentenciadas por delitos contra la
propiedad como robos, delitos sexuales, drogas, etc. No es extraño para
nosotros escuchar una frase que se ha hecho muy común en nuestro país: “la
cárcel es la escuela del crimen”; esa frase soporta las teorías de Sutherland
en cuanto a que quienes son detenidos y forzados a relacionarse con otros delincuentes,
lejos de resocializarse, aprenden nuevas formas de comisión de delitos, hacen
nuevas relaciones con sujetos más violentos o vinculados a estructuras
criminales, de manera que los fines de la pena se vuelven ficticios. Al respecto
les recomiendo la lectura de la siguiente tesis para optar por el grado de
licenciatura en Trabajo Social, de la Universidad de Costa Rica: http://www.ts.ucr.ac.cr/binarios/tfglic/tfg-l-2001-09.pdf
Recuerdo
también que en la Maestría el profesor del curso de “Jóvenes en conflicto con
la ley penal” nos pidió hacer un trabajo de observación en alguna comunidad
conflictiva de San José y teníamos también que entrevistar a jóvenes entre los
15 y los 21 años de edad; el objetivo del trabajo era que pudiéramos determinar
si la relación con los pares era un factor determinante del comportamiento de
estos muchachos; pudimos determinar como conclusiones de grupo, que los jóvenes
aprenden a tomar licor, a fumar y a consumir droga por influencia de sus
amigos, la mayoría de estas personas busca la aprobación de los otros por lo
que aceptan realizar conductas diversas solo para sentirse aceptados y este es
el inicio de muchas conductas delictivas.
También vale la pena mencionar en
este trabajo a ROBERT K. MERTON
(1919-2003) quien considera que la sociedad tiene una estructura de poder
que impide a los individuos de las escalas sociales más bajas tener un verdadero
acceso a las oportunidades de triunfo
social, es decir, que las vías de acceso que tienen son mínimas, por lo
que se vuelven más vulnerables a las tendencias de anómicas identificadas por
Durkeim; así las cosas, estas personas se frustan y tienen a romper las reglas
sociales para poder conseguir el éxito por vías ilegítimas (Rodríguez Manzanera, 2018). Quisiera comentar
en este punto, que también como defensora tuve la oportunidad de comprobar en
la práctica que muchas de las personas que delinquen, lo hacen para poder propiciarse
bienes y facilidades a las que no tendrían acceso por vías legítimas y legales;
recuerdo particularmente a un joven que me indicó que él seguiría robando
porque era la única manera de comprarse las cosas que quería, porque si trataba
de hacerlo trabajando no lo conseguiría porque no tenía estudios ni habilidades
específicas que le permitieran en poco tiempo y con el mínimo esfuerzo ganar lo
suficiente.
Referencias
García-Pablos de Molina,
A. (2013). Criminología. Una introducción a sus fundamentos teóricos.
España: Tirant lo Blanch.
Lacayo Rojas, E. (s.f.). Fundamentos
de Criminología.
Rodríguez Manzanera, L.
(2018). Criminología. México: Porrua.
Rodriguez Mazanera, L.
(2006). Clásicos de la Criminología. México : INACIPE.