Escuela Positivista (Siglo XIX)
La Escuela Positivista se
caracterizó por utilizar el método empírico científico en las investigaciones
tendientes a determinar las características que presentan las personas que
delinquen, es decir, se centraron en explicar al delincuente y a partir de su
comprensión explicaron el delito. Es por esta razón que los exponentes de esta
Escuela consideraban que la pena, en tanto respuesta penal, debía de ser individualizada
y que tenía que pretender la resocialización del delincuente (Lacayo, s.f). Afirma Rodríguez Manzanera, lo siguiente:
La Escuela Positiva de Derecho Penal sostiene que las maleas
tendencias de estos individuos son una consecuencia de su organización física y
psíquica, la cual es esencialmente diversa de la del hombre normal; por lo que
dicha escuela en ligar de estudiar el delito abstracto, estudia al delincuente
en su morfología y en sus varias funciones, comparándolas con las de los
hombres normales (Rodriguez Mazanera,
2006, p. 139)
El
positivismo buscó la experimentación y la aplicación del método científico para
encontrar respuestas que pudieran ser comprobables, por ejemplo, en la
determinación de las causas de la delincuencia, dejando de lado otras explicaciones
abstractas de carácter religioso y moral.
CÉSAR LOMBROSO (1835-1909):
Antropología
Criminal
Fuente: Wikipedia,
s.f
Como médico, Lombroso realizó estudios
forenses en delincuentes con la finalidad de determinar sus características físicas
(anatómicas y fisiológicas) y psicológicas (mentales), de ahí que se le
relacione con la Antropología Criminal que es definida por Luis Rodríguez
Manzanera como aquella que “estudia al criminal a partir de sus características
somáticas, analizando las medidas y relaciones numéricas de las distintas partes
del cuerpo humano (Antropometría)” (Rodríguez
Manzanera, 2018, p.63).
Es de interés señalar, que la
aplicación de técnicas antropométricas para la identificación de personas
criminales no fue un descubrimiento de Lombroso, así por ejemplo, se puede
mencionar a Alphonse Bertillon, quien fue un médico, antropólogo y
estadístico francés que trabajó precisamente en la investigación criminal empleando
métodos de individualización antropológica y creó en 1880 el Sistema
de identificación y clasificación criminal que se basaba en la medición
de partes del cuerpo de las personas, así por ejemplo, se tomaba en consideración
la estatura, la dimensión del cráneo, la longitud de las extremidades, las
marcas que pudiera presentar la persona en su cuerpo, tales como tatuajes, cicatrices,
entre otras (En la mente del criminal, 2012).
Considero que
el aporte de Bertillon a la Criminología fue significativo pese a que no se le
menciona tanto como a Lombroso, en razón de que por ejemplo, para poder aplicar
el sistema de identificación por él promovido, se requería llevar un control exahustivo
de tarjetas de datos con las mediciones de cada persona que eran acompañadas de
fotografías (de frente y de perfil) lo que sin duda alguna se mantiene vigente
en nuestros días, puesto que cuando una personas es reseñada por las
autoridades, se le crea lo que se denomina “Expediente Criminal Único (ECU) en
donde se pueden encontrar fotografías de frente y de perfil del sujeto, así
como tambiés se anotan características físicas individualizantes (fenotípicas)
tales como color de ojos, pelo, estatura, peso, y además se hacen constar
detalles como cicatrices y marcas de nacimiento; estos datos, son de mucha
importancia a nivel judicial porque en no pocas ocasiones, el Organismo de
Investigación Judicial y los operadores del derecho, nos encontramos con
personas detenidas que no portan sus documentos de identidad, se niegan a
identificarse, e incluso, se hacen pasar por otras personas, de ahí que el
contar con la información registrada en el ECU es de vital importancia para
poder individualizarla de manera adecuada dentro del proceso.
Lombroso, en 1876 publica su libro “Tratado Antropológico Experimental del Hombre Delincuente”, en el
que construye una clasificación criminológica de los delincuentes que aporta
importantes aspectos de análisis a la actualidad. Así por ejemplo, concibió que
el criminal
atávico o primitivo, era aquella persona que poseía una serie de
anomalías físicas que lo hacían desarrollar una violencia incontrolable. Llama la
atención que en la actualidad en derecho penal hablamos del Derecho Penal de
Autor, como aquel que sanciona teniendo como base a la persona que delinque y
no el delito propiamente dicho, y cuando se trae este tema a colación, es muy
común mencionar a Lombroso y referir en lenguaje popular que una persona es “Lombrosiana”
con lo que se quiere hacer referencia a que sus características físicas
coinciden con las que Lombroso estableció para el delincuente atávico;
popularmente se dice que “tiene cara de delincuente”. Debe recalcarse que un Estado
Democrático de Derecho, no es dable sancionar a ninguna persona por su cara o
por su apariencia física en general, ya que nuestro derecho penal es de acto,
en consecuencia, no es dable afirmar que una persona es delincuente solamente
por su forma de verse, lo que ha tenido mucha inlfluenciajurídica en el tema
de la legalidad de los retenes policiales y los requisitos procesales para que
se pueda hacer una requisa a una persona, exigiendo nuestra normativa el que
exista un indicio de comisión de un hecho delictivo para poder proceder a
requisar a alguien ya que dicha actuación invade los derechos inherentes al ser
humano.
Otra categoría de la clasificación
de Lombroso, es el delincuente epiléptico que se caracterizaba por ser violento
pero actúa sin tener conciencia de lo que hacía al momento del delito; esta
categoría sienta las bases incipientes de lo que actualmente se conoce como
capacidad de imputabilidad, de manera tal que quien comete un delito son tener
conciencia de ello, sería una persona inimputable a la que no se le podría
imponer una sanción, sino que más bien lo procedente sería imponerle una medida
de seguridad en los casos en los que el Instituto Nacional de Criminología concluya
después de valorarlo, que es peligroso para sí o para terceros.
El loco moral, es
otra clasificación a la que pertenecen las personas que delinquen por placer y
para obtener una satisfacción para sí mismos; véase la correspondencia de esta
descripción con la definición de un psicópata entendido como aquel que no tiene
sentimientos ni empatía, y que instrumentaliza a los demás a su propia conveniencia;
sobre este tema es interesante revisar los estudios hechos por Robert Hare
quien publicó el libro “Sin Conciencia”. Por considerarlo un libro por demás
interesante, les dejo el link del PDF para que lo puedan descargar y leer. http://puntocritico.com/ausajpuntocritico/documentos/Sin%20Conciencia%20(Psicologia%20del%20Psicopata)-Robert%20D%20Hare.pdf
Lombroso, identifica también
al delincuente
ocasional, que es aquel que delinque por la existencia de elementos
externos que lo predisponen a cometer delitos; y también el delincuente
pasional, que es aquel que delinque producto de la pasión que lo
lleva a la violencia. Esta última categoría tiene un correspondiente en nuestra
legislación, y es la figura del Homicidio especialmente atenuado por emoción
violenta, previsto y sancionado en el artículo 113 inciso 1 del Código Penal,
que establece una pena menor para quien mate a otra persona encontrándose en
estado de emoción violenta que las circunstancias hicieran excusable; me gustaría
llamar aquí la atención en torno a que la emoción violenta es un concepto
jurídico cuya determinación no depende de un criterio médico psiquiátrico, sino
más bien, del análisis que haga el juez en el caso concreto.
La producción bibliográfica de
Lombroso es significativa; puede destacarse porque me parece particularmente
influyente en nuestros días, “Memorias sobre Manicomios Crimales” (1872), que
nos permite entender que Lombroso siempre buscó la manera científica de
diferenciar a las personas que padecían enfermedades mentales (locos) de los
delincuentes. Las ideas expuestas en esta obra tienen incidencia en nuestros
días, porque expone la necesidad y conveniencia de que las personas con
padecimientos mentales que cometen delitos no sean recluidas en las cárceles
con otros que son delincuentes pero que están mentalmente sanos, y que tampoco sean
ubicados con otros sujetos con padecimientos mentales pero que no han cometido
delitos porque de hacerlo representarían un peligro para ellos. Véase que de
estos postulados nace la fundamentación teórica de la existencia actual en
Costa Rica del Centro de Atención para Personas con Enfermedades Mentales en
Conflicto con la ley (CAPEMCOL) que funciona desde el 2011, y que no ha
escapado a las críticas por su funcionamiento. Considero de mucho interés leer
el artículo publicado por el Periódico La Nación, respecto de este tema y que les
dejo para su lectura.
ENRICO FERRI (1856 -1929):
Sociología
Criminal
Fuente: Wikipedia,
s.f
Este exponente de las Escuela Positiva, parte de la
tipología que elaboró Lombroso y le añade el componente del medio ambiente en
el que se desarrolla la persona que delinque con la finalidad de determinar las
causas que hacen que las personas cometan delitos (Lacayo, s.f). Con este autor, la Escuela Clásica pasa entonces a estudiar
no solo al delito y al delincuente, sino también, al medio en el que se
desarrollan las personas, hoy en día denominado “entorno social”.
Dentro de las obras de Ferri
destacan varios estudios sobre la criminalidad, el homicida, el homicidio –
suicidio, y uno de los reconocidos que se llama “Principios de derecho
criminal y la sociedad criminal” (1880).
Considero que uno de los principales aportes de Ferri, es
lo que él denominó “factores criminógenos” y que son las causas naturales
que determinan la delincuencia (Rodriguez
Mazanera, 2006); este autor distinguió tres:
- factores antropológicos o individuales del delito: inherentes a la persona
del criminal y tienen que ver con la constitución orgánica y con la
constitución psíquica del delincuente.
- factores físicos del crimen: como el clima, la temperatura,
etc.
- factores sociales: como la densidad
poblacional la moral, la religión, el alcoholismo, etc.
Estos conceptos de Ferri, son
de gran utilidad en la actualidad para la Criminología. Rodríguez Manzanera,
los define “como todo aquello que favorece a la comisión de conductas antisociales”
(Rodríguez Manzanera, 2018, p. 461).
A mi criterio otro de los importantes aportes de Ferri es
su criterio de que las penas no son ni el mejor ni el más útil de los remedios
contra la criminalidad, y afirma que más bien, su efecto es negativo por lo que
se debe recurrir a sustitutivos que satisfagan la necesidad de orden social.
RAFAEL GARÓFALO (1851-1934)
Fuente: Wikipedia,
s.f
Jurista Italiano que en 1885 publica
su obra “La Criminología” que es reconocida por muchos como el texto que le dio
el nombre a la nueva ciencia; se reconoce además que su influencia a nivel
político permitió que los postulados de la Escuela Positiva se concretaran en
la legislación.
Entre otros aportes, considero
de relevancia las ideas que desarrolla Garófalo en torno a términos que
actualmente utilizamos constantemente, tales como peligrosidad y prevención
especial y general (Rodríguez Manzanera, 2018).
A criterio de Antonio García –
pablos de Molina, “el principal aporte de Garófalo es su filosofía del castigo,
de los fines de la pena y su fundamentación, así como las medidas de prevención
y represión de la criminalidad (García-Pablos de
Molina, 2013, p. 307). Garófalo propugna por una actuación del derecho penal
que debe ser aplicado con dureza para
poder defender eficazmente el orden social. Este autor considera viable la pena
de muerte en aquellos casos en lso que el Estado debe actuar tal y como lo hace
la naturaleza, seleccionando a quienes no se adaptan a la sociedad.
Referencias
García-Pablos de Molina,
A. (2013). Criminología. Una introducción a sus fundamentos teóricos.
España: Tirant lo Blanch.
Lacayo Rojas, E. (s.f.). Fundamentos
de Criminología.
Rodríguez Manzanera, L.
(2018). Criminología. México: Porrua.
Rodriguez Mazanera, L.
(2006). Clásicos de la Criminología. México : INACIPE.
muy buen trabajo e información completa.
ResponderEliminarNicole López
Exelente información.
ResponderEliminarJose Alfredo
Gracias a ambos, por tomarse el tiempo para leerlo. Un gusto conocerlos
ResponderEliminarSaludos y muy buenas noches.
ResponderEliminarDe mucha importancia el punto de identificar delincuentes con rasgos físicos, ya que como mencionas, la mayoria no brindan su información por obvias razones.
Donde lo mas increíble de esto es que el 25% de estos casos individuos quedan en libertad por falta de pruebas, ya que al no tener informacion del mismo no hay como culparlos directamente.
además comparto personalmente la idea que poseia Lombroso de distinguir correctamente entre los delincuentes con enfermedades mentales y los que no poseian estos padecimientos para así
poder dictar un castigo acorde a las condiciones del delincuente y del delito cometido.
Me pareció muy completo y bastante llamativo, la manera en como esta acomodado me parece muy original.
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